Academia de Gastronomía
de Castilla-La Mancha

Convocatoria de los III Broches Gastronómicos del Medio Rural (2023)

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha ha publicado hoy, día diecisiete de agosto de dos mil veintitrés, la CONVOCATORIA DE LOS III BROCHES GASTRONÓMICOS DEL MEDIO RURAL de la Academia de Gastronomía de Castilla-La Mancha. El plazo para poder presentar candidaturas es de DOS MESES desde mañana, día dieciocho de agosto de dos mil veintitrés, contados de fecha a fecha, finalizando el miércoles dieciocho de octubre de dos mil veintitrés.

Documentación necesaria:

Resolución de 08/08/2023, de la Viceconsejería de Cultura y Deportes, por la que se da publicidad a la convocatoria de Broches Gastronómicos del Medio Rural 2023 efectuada por la Academia de Gastronomía de Castilla-La Mancha. [2023/7189].

Formulario de presentación de candidaturas en formato PDF.

-Texto literal de la Resolución. Publicado a continuación.

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III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS

Consejería de Educación, Cultura y Deportes

Resolución de 08/08/2023, de la Viceconsejería de Cultura y Deportes, por la que se da publicidad a la convocatoria de Broches Gastronómicos del Medio Rural 2023 efectuada por la Academia de Gastronomía de Castilla-La Mancha. [2023/7189]

La Academia de Gastronomía de Castilla-La Mancha fue creada mediante Decreto 256/2019, de 22 de octubre, con la finalidad de estudiar, divulgar y salvaguardar los intereses de esta parcela del patrimonio cultural de Castilla-La Mancha.

Entre sus funciones destacan las medidas de difusión cultural mediante la organización de concursos gastronómicos que divulguen y mejoren la cocina regional. Para ello, el Pleno de la Academia, en sesión celebrada el 27 de noviembre de 2019, decidió realizar la convocatoria “Broches Gastronómicos del Medio Rural 2023”. Con esta distinción se pretende dar a conocer las obras maestras de la gastronomía del medio rural con especial incidencia en los restaurantes situados en zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación, de acuerdo con las definiciones establecidas en la Ley 2/2021, de 7 de mayo, de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural en Castilla-La Mancha.

En virtud de lo expuesto y de acuerdo con la Disposición adicional segunda del Decreto 256/2019, de 22 de octubre, esta Viceconsejería resuelve:

Único. Dar publicidad a la Convocatoria “Broches Gastronómicos del Medio Rural 2023” y a la solicitud de participación en los “Broches Gastronómicos del Medio Rural 2023” que se incorporan como anexos a la presente Resolución.

Toledo, 8 de agosto de 2023

La Viceconsejera de Cultura y Deportes.

CARMEN TERESA OLMEDO PEDROCHE

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Anexo I. Convocatoria 2023 de los “Broches Gastronómicos del Medio Rural”

La Academia de Gastronomía de Castilla-La Mancha, en el Pleno celebrado el 18 de julio de 2023, de acuerdo con el Reglamento de Bases para la concesión de los “Broches Gastronómicos del Medio Rural”, publicado el 12 de abril de 2022 en el DOCM mediante Resolución de 05/04/2022, de la Viceconsejería de Cultura y Deportes, ha acordado convocar la edición de los Broches Gastronómicos del Medio Rural, correspondiente al año 2023.

En consecuencia, queda abierto el plazo de presentación de candidaturas, que se regirá, conforme con el citado Reglamento de Bases, por los siguientes plazos y condiciones:

1. Requisitos esenciales para presentarse.

1.1. Relacionados con el establecimiento.

1.1.1. Ubicación en zonas escasamente pobladas o en zonas en riesgo de despoblación, conforme al Decreto 108/2021, de 19 de octubre, por el que se determinan las zonas rurales de Castilla-La Mancha, conforme a la tipología establecida en el artículo 11 de la Ley 2/2021 de 7 de mayo, de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural en Castilla-La Mancha o de la norma vigente en cada momento que regule la categorización de las zonas en riesgo de despoblación en Castilla-La Mancha.

1.1.2. Entorno rural atractivo (espacios naturales protegidos, ecosistemas agrarios o forestales de interés, patrimonio histórico o cultural, etc.).

1.1.3. Accesibilidad, confortabilidad e higiene.

1.1.4. Información, comunicación y publicidad.

1.2. Relacionados con la cocina.

1.2.1. Empleo de alimentos reconocidos con sello de calidad: calidad diferenciada, producción ecológica y logotipo 100% raza autóctona.

1.2.2. Figuras de calidad diferenciada (DOP, IGP y ETG) y logotipo 100% raza autóctona de la región y reconocidas como tal por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

1.2.3. Productos que figuren inscritos en el Registro de Productos Agroalimentarios autorizados para el uso de la marca de garantía Campo y Alma.

1.2.4. Empleo de alimentos de cercanía, canales cortos o venta directa conforme a lo establecido en el Decreto 71/2020, de 9 de noviembre, por el que se regula en Castilla-La Mancha la venta directa de productos ligados a la explotación agraria.

1.2.5. Cocina territorial. Recetas ligadas al territorio. Preparación de guisos y trucos de culinarios tradicionales. 2. Relacionados con el comedor y los clientes.
2.1. Buen cuidado del vino y la bodega.
2.2. Elementos innovadores relacionados con la gastronomía regional tradicional.

2.3. Integrado en el territorio rural y reconocido por los vecinos (menú diario económico, empresas familiares del territorio, jóvenes emprendedores o nuevas empresas que apuestan por el medio rural, etc.)

3. Número de concesiones.
Se concederá un Broche Gastronómico del Medio Rural por cada provincia.

4. Fecha límite de presentación y forma.

Las candidaturas podrán ser presentadas por cualquier miembro de la Academia o por el propio restaurante que desee ser acreedor del Broche Gastronómico del Medio Rural y deberán acompañarse, junto al formulario normalizado al efecto (Anexo I), de los documentos justificativos que se recogen en los artículos 4.6 y 5 del vigente Reglamento de los Broches. El plazo de presentación de candidaturas será de dos meses contados de fecha a fecha desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el DOCM.

Se remitirán a la institución mediante correo postal a calle Recoletos número 1, 45001 Toledo, o bien por correo electrónico a la dirección secretaria@academiagastronomiaclm.com

5. Miembros de los jurados por provincias.

De acuerdo con lo estipulado en el artículo 9 del Reglamento de Bases para la concesión de los ‘Broches Gastronómicos del Medio Rural’, serán miembros del Jurado los Académicos de Número de cada provincia, de manera que cada provincia hará la primera valoración de los candidatos, que será llevada a Pleno para su ulterior aprobación.

6. Dotación del premio.

Los Broches Gastronómicos del Medio Rural no tienen dotación económica alguna. El premio consistirá en:

Una pieza realizada en cerámica, siguiendo las técnicas artesanales tradicionales de Talavera de la Reina y Puente del Arzobispo, cuya forma es la de un puchero tradicional con asas que, volteado horizontalmente, da como resultado la imagen de un gorro de cocinero, conforme con el diseño recogido en el Anexo I del Reglamento de Bases para la concesión de los ‘Broches Gastronómicos del Medio Rural’.

Una placa de cerámica con el logotipo del Broche Gastronómico del medio Rural para colocar en la puerta del establecimiento galardonado, conforme con el diseño recogido en el Anexo II del Reglamento de Bases para la concesión de los ‘Broches Gastronómicos del Medio Rural’.

Un diploma acreditativo de la concesión firmado por el Presidente y el Secretario de la Academia.

Inclusión del restaurante en la red de restaurantes Broches Gastronómicos del Medio Rural creada por la Academia para difundir la gastronomía rural regional.

7. Inapelabilidad del fallo.

El fallo del Pleno Académico con respecto a los Broches Gastronómicos del Medio Rural es inapelable, conforme con el artículo 8.5 del Reglamento de Bases para la concesión de los ‘Broches Gastronómicos del Medio Rural’ y no cabe contra él recurso alguno.

8. Relación de municipios por provincias que pueden presentarse.

La relación de municipios que pueden concurrir a este premio es la recogida en el Decreto 108/2021, de 19 de octubre, por el que se determinan las zonas rurales de Castilla-La Mancha, conforme a la tipología establecida en el artículo 11 de la Ley 2/2021 de 7 de mayo, de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural en Castilla-La Mancha.

En Toledo, a 18 de julio de 2023.

El Presidente. José María San Román Águila.

El Secretario. Angel Ramírez Ludeña.